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Foro por la Libertad de Todos los Presos Políticos, por la Presentación de los Desaparecidos y Contra la Persecución de los Luchadores Sociales

Comité Cerezo

Sábado 1ro de diciembre de 2007, por Comité Cerezo México 2

  • Se ha considerado que la amnistía es una declaración por parte del Estado (en este caso del Congreso de la Unión); esto ha permitido que se le adjudique su impulso al PRD o que alguna de sus múltiples manos está atrás de esta iniciativa pero, hay que entender que sin nosotros, los presos políticos y de conciencia, sus familiares, sus abogados, las organizaciones sociales y de derechos humanos; sin esta ardua lucha que por años hemos realizado ningún Partido hoy, habría de tomar esta iniciativa. Por lo tanto hay que entender que la ley de amnistía es el resultado de una lucha y no de la iniciativa de un Partido, de una mente brillante, o del deseo voluntarista de un familiar que sólo quiere ver a su preso fuera.

Como reiteradamente hemos explicado, la ley de amnistía es una causa de extinción de la responsabilidad penal; es un acto jurídico, normalmente emanado del poder legislativo, por el que una pluralidad de individuos que habían sido culpables de un delito pasan a considerarse inocentes por desaparición de la figura delictiva. Hay que recordar que la amnistía no significa perdón, ya que esto está constituido legalmente en el concepto de indulto, ni presupone el olvido de la prisión injusta, la tortura, los vejámenes o la reparación del daño y mucho menos implica que el preso renuncie a sus principios. Una vez aclarado esto enmarcamos los beneficios que la amnistía traería:

1. El preso queda libre sin tener que reconocer los delitos del orden político y los relacionados con éstos, que haya cometido o no, por ejemplo los presos que pertenecen a los grupos insurgentes.

2. Se eliminan las órdenes de aprehensión que existen y no se han ejecutado, es decir, ya no hay perseguidos políticos y los presuntos responsables pueden regresar a sus hogares y ya no andar huyendo o maniatados con órdenes de aprehensión que se pueden ejecutar de acuerdo al clima político.

3. Se borran los antecedentes penales de todos aquellos que fueron presos y están bajo proceso y de aquellos que ya cumplieron su injusta condena.

Ahora bien, consideramos necesario aclarar algunas imprecisiones que han dado lugar a malos entendidos con respecto a la ley de amnistía:

  • Se ha considerado que la amnistía es una declaración por parte del Estado (en este caso del Congreso de la Unión); esto ha permitido que se le adjudique su impulso al PRD o que alguna de sus múltiples manos está atrás de esta iniciativa pero, hay que entender que sin nosotros, los presos políticos y de conciencia, sus familiares, sus abogados, las organizaciones sociales y de derechos humanos; sin esta ardua lucha que por años hemos realizado ningún Partido hoy, habría de tomar esta iniciativa. Por lo tanto hay que entender que la ley de amnistía es el resultado de una lucha y no de la iniciativa de un Partido, de una mente brillante, o del deseo voluntarista de un familiar que sólo quiere ver a su preso fuera.
  • Se piensa equivocadamente que la amnistía implica el olvido tanto de los delitos imputados a los activistas sociales como de las malas acciones cometidas por el Estado, el olvido recíproco. Evidentemente, este comentario surge por la traslación de las experiencias de otros países latinoamericanos. Hay que recordar que el Estado tiene a su alcance un sin fin de medios para gozar de la impunidad y lo ha hecho sin escudarse en una ley de amnistía por lo que no la necesita para seguir actuando como siempre lo ha hecho. La ley de amnistía es una ley para la libertad de los presos y no para mantener la impunidad del Estado; en esa medida debemos de asumir la tarea de reforzar esta lucha y mantener esa dirección con un solo fin: ver libres a TODOS los presos políticos y de conciencia.
  • Consideramos importantísimo aclarar que entendemos que la ley de amnistía no es el fin último de una lucha que se acaba una vez que salgan los presos porque entendemos que habrá más en la medida en que se busca una transformación social, nadie ha dicho que una vez aprobada la ley cada quien se regrese a su casa y de por terminada la lucha en general, pero discutir si el factor determinante para la salida de todos los presos es el movimiento social y la fuerza social que este logre acumular es como tratar de descubrir el agua tibia y además asegurar que la forma jurídica de su salida es irrelevante, es ni siquiera entender que para algunos presos no hay otra salida jurídica que la amnistía, es no pensar en una herramienta jurídico-política de alcance general, sino seguir pensando desde la estrechez de uno o dos casos.
  • También pensamos que no es un deseo voluntarista de cambio social el que nos impulsa para lograr la libertad, sino como parte de la lucha para lograr este cambio, pero mientras lo logramos sabiendo que no está a la vuelta de la esquina, también y a la par nos concentramos en la libertad de los presos ya existentes, acumulando la experiencia para evitar que los presos sigan bajo condiciones inhumanas, creando herramientas que nos permitan sacarlos, denunciar la desaparición forzada de personas, exigir la reparación del daño, recuperar la memoria histórica de la lucha de nuestro pueblo y denunciar la impunidad del Estado para evitar que la siga utilizando.

Por todo lo que hemos explicado pensamos que es necesario para fortalecer la lucha despejar las malas interpretaciones que sólo ponen trabas a esta herramienta jurídico-política que nos permitiría no sólo por la capacidad de exigencia que podemos desarrollar, sino por que se inserta en una oportunidad para el Estado de “legitimarse”, conseguir la libertad de TODOS los presos políticos y de conciencia.

Una vez más agradecemos a quienes nos escuchan, principalmente a aquellos cuya solidaridad ha permitido que hoy podamos leer este documento sin que las amenazas de muerte en nuestra contra se hagan realidad, a aquellos que nos han acompañado en esta lucha por la libertad de nuestros presos y que han visto que la lucha particular por unos, por principio ético, no puede pasar por encima de la libertad de otros presos, ni por las consideraciones de costo político de la utilización de una herramienta u otra, sino por el imperativo humano de gozar de ese derecho, el derecho a la libertad.

Muchas gracias

ATENTAMENTE

“Por que ser defensor de derechos humanos no es sinónimo de terrorista”

COMITÉ CEREZO MÉXICO

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